El Instituto Distrital para la Niñez y la Juventud - IDIPRON mediante la Resolución No. 277 del 30 de junio de 2022, hace un ofrecimiento a título gratuito de los bienes muebles de su propiedad dados de baja, para que las Entidades Estatales interesadas en adquirirlos, manifiesten por escrito dicho interés dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican la solicitud.
Lo anterior, con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015 (artículo 2.2.1.2.2.4.3 "Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales"). (artículo 2.2.1.2.2.4.3 "Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales").
El Instituto Distrital para la Niñez y la Juventud - IDIPRON mediante la Resolución No. 277 del 30 de junio de 2022, hace un ofrecimiento a título gratuito de los bienes muebles de su propiedad dados de baja, para que las Entidades Estatales interesadas en adquirirlos, manifiesten por escrito dicho interés dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican la solicitud.
Lo anterior, con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015 (artículo 2.2.1.2.2.4.3 "Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales"). (artículo 2.2.1.2.2.4.3 "Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales").
El Instituto Distrital para la Niñez y la Juventud - IDIPRON mediante la Resolución No. 277 del 30 de junio de 2022, hace un ofrecimiento a título gratuito de los bienes muebles de su propiedad dados de baja, para que las Entidades Estatales interesadas en adquirirlos, manifiesten por escrito dicho interés dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican la solicitud.
Lo anterior, con el objetivo de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 1082 de 2015 (artículo 2.2.1.2.2.4.3 "Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales"). (artículo 2.2.1.2.2.4.3 "Enajenación de bienes muebles a título gratuito entre Entidades Estatales").
Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud - IDIPRON
Dirección de Correspondencia Presencial: Carrera 27A # 63B - 07 Bogotá - Colombia
Horario de Atención para Trámites de Radicación: lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Correo Electrónico Correspondencia Externa: correspondencia@idipron.gov.co
Líneas de Atención al Ciudadano + 57 (601) 7956660
Correo Atención al Ciudadano: atencionciudadano@idipron.gov.co
Sede Calle 61: Calle 61 # 7 - 78 Chapinero Bogotá - Colombia. Teléfono: + 57 (601) 7956660
Horario de Atención Lunes a Viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Denuncias por actos de corrupción: + 57 (601) 7956660 Ext. 1125 – 1126 Notificaciones Judiciales: notificacionesjudiciales@idipron.gov.co
Horario de Atención para Trámites de Radicación Lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.